Resolución 530 / 2012 del IMTVHS ------ Volver a boletin |
 Fecha 12/09/2012 Visto: La Ordenanza N°1815-CM-08 art 2do y 3ro inc. B y 11vo inc. y su modificación 1977-CM-09 concordante, Sub-siguiente T.U.O 2070-CM-2010 que crea el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, ; Acta de solicitud de trámite Nº 135-IMTVHS-2012; Informe Social de fecha 10/08/2012, Copias de Documentos de Identidad, Certificado de no posesión de inmueble emitido por Dirección de Catastro Municipal de fecha 31/08/2012 Certificación de no posesión de trámites pendientes emitida por el Dto. Banco de tierras de fecha 09/08/2011, y; Considerando: Que el IMTVHS posee autarquía administrativa, económica y financiera; Que el mismo propende a reducir, mediante la ejecución de políticas activas, el déficit habitacional, la infraestructura y servicios, que se registran en la ciudad de San Carlos de Bariloche, y garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias; Que existen en nuestra ciudad gran cantidad de casos de poseedores de inmuebles que se encuentran en una situación de ocupación pacífica, pública e ininterrumpida, aún cuando no cuentan con el título de propiedad del inmueble y la inscripción en el Registro Público correspondiente a su nombre; Que el instituto de la posesión está legislado a nivel nacional por el Código Civil, reconociendo derechos a aquellas personas que tienen una cosa bajo su poder con intención de someterla al ejercicio de un derecho de propiedad; Que consecuentemente, las normas inferiores dentro de la pirámide jurídica del Estado tales como ordenanzas y resoluciones no pueden desconocer derechos consagrados por la legislación de fondo, no obstante se puede extender un certificado para Habilitación de Servicios a favor de quien efectivamente esta habitando el lote; Que conforme surge del informe social realizado por personal de este Instituto el día 10 de agosto del año 2012, la Sra. CALFULAF MONICA BEATRIZ DNI 21.780.258, no vive en el lote con NC 19-2K-222 A-12 respecto del cual se solicita la instalación de los servicios, sino que vive su hijo el Sr. LUCIO GUERRERO; Que mediante las resoluciones Nro. 22, 69 y 350 del 2012, el IMTVHS, se establecieron los nuevos requisitos para acceder a los Certificados de Habilitación de Servicios; Que siendo un requisito esencial, para el otorgamiento favorable del Certificado de Habilitación de Servicios que la Sra. CALFULAF MONICA BEATRIZ, haya ingresado habitar con anterioridad al 30 de diciembre de 2010, corresponde en consecuencia, denegar la solicitud efectuada, por no cumplir con este requisito esencial; Que por lo expuesto y en uso de las atribuciones del Art de la Ordenanza 1815-CM-08, Ord N° 1977-CM-09 texto actualizado por Ordenanza 2070-CM-2010;
El Directorio del Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social Resuelve: Artículo 1°. DENEGAR el otorgamiento del CERTIFICADO DE HABILITACION DE SERVICIOS solicitado por la Sra. CALFULAF MONICA BEATRIZ DNI 21.780.258, actualmente domiciliada sobre la manzana 254, lote 18 del Barrio Malvinas respecto del inmueble con NC 19-2K-222 A-12 por no cumplir con los requisitos exigidos para tal fin. Artículo 2º-. Notificar personalmente a la solicitante de la presente Resolución.- Artículo 3º-. La presente Resolución será refrendada por el Presidente, Vicepresidente y/o Vocal del Directorio del IMTVHS.- Artículo 4°-. Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.-
Enrique Gustavo Gennuso Presidente Instituto Municipal de Tierras y Viviendas para el Habitat Social Municipalidad de S.C. de Bariloche
Dr. Ernesto Eberardo Vicens Vocal Instituto Municipal de Tierras y Viviendas para el Habitat Social
Municipalidad de S.C. de Bariloche |
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Más vecinos podrán conectarse a la red de agua |
La Municipalidad firmó este martes (27/8) el acta de recepción provisoria de la obra de agua de Ladera Norte con la empresa constructora SERGAS, a raíz de las gestiones realizadas con el Departamento Provincial de Aguas (DPA). |
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