VISTO: la solicitud de insumos para abastecer necesidades de áreas municipales, y;
CONSIDERANDO:
que la Intendencia y la Subsecretaría de Tránsito y Transporte solicitaron la compra de artículos de electricidad para atender las necesidades del municipio - Pedido de Suministro Nº 0783 - (Pedido de Abastecimiento Nº 1828 - Autorización de Compra Nº 73806); - Pedido de Suministro Nº 0381 - (Pedido de Abastecimiento Nº 0570 - Autorización de Compra Nº 73807);
que las compras se realizaron a "PIZZUTI NEORED" ;
que la firma ha presentado las facturas para su cobro;
que se debe autorizar a la Dirección de Contaduría General a emitir la orden de pago respectiva;
que ante la eventualidad que el proveedor registre deudas por cualquier concepto frente al municipio al momento del cobro de las sumas que se reconocen en la presente Resolución, resultando pertinente para la cancelación de la misma el instituto de la compensación de deuda normado por el Art. 921 del Código Civil y Art. 20 de la Ordenanza Nº 2374-CM-12, autorízase a la Dirección de Tesorería a proceder en consecuencia;
que por ello y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 51º) de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
ARTICULADO:
AUTORIZAR: a la Dirección de Contaduría General, dependiente de la Secretaría de Hacienda a emitir orden de pago en beneficio del contribuyente por la suma de pesos dos mil cuatrocientos ochenta y seis con noventa y un ctvs. ($ 2.486,91) correspondiente a las facturas Nº 0015-00050281 de fecha 11/06/2018 ($ 1.609,38); Nº 0015-00050282 de fecha 11/06/2018 ($ 877,53).
HACER SABER: que de acuerdo a los registros e informes del Departamento Tributario, el proveedor adeuda al Municipio los períodos abril del 2018 de Tasa de Seguridad e Higiene, hasta alcanzar la suma de pesos ochenta mil quinientos siete con 39/100 ($80.507,39), conforme cedulón.
AUTORIZAR:a la Dirección de Tesorería a compensar las sumas adeudadas por el proveedor en concepto de Tasa de Seguridad e Higiene detalladas en el Artículo 2º con las sumas que el Municipio le adeuda, correspondiendo retener de los montos a pagar lo adeudado por el contribuyente en concepto de tasa de seguridad e higiene.
IMPUTAR: al Programa Nº Partida Presupuestaria Nº ($ 1.609,38); al Programa Nº Partida Presupuestaria Nº ($ 877,53).
La presente Resolución será refrendada por el Secretario de Hacienda y Jefe de Gabinete.
Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Dese al Registro Oficial. Cumplido, Archívese.
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 28 de junio de 2018.-
GENNUSO, GUSTAVO ENRIQUE[Intendente Municipal] BARBERIS, MARCOS GUILLERMO[Jefe de Gabinete] QUINTANA, DIEGO DANIEL[Secretario de Hacienda]
El área municipal coordinó los trabajos de los equipos de emergencias en distintos puntos de la ciudad. También se detuvo al presunto autor de dos focos de incendio en el cerro Carbón.
A través de un convenio con el municipio los productores podrán reforestar mientras proveen de leña al programa local. Se trata de la primera experiencia de este tipo en Bariloche.